Una de las claras deficiencias del 14Ter próximo a su eliminación, fue que precindía de la contabilidad completa y en su reemplazo para determinar la base imponible tributable exigía un registro adicional de libro de ingresos y egresos, más un libro de caja, lo que generó complejidad innecesaria en su aplicación.
Por su parte el nuevo 14D, próximo a entrar en vigencia, si bien mantiene la tributación en base a flujo de caja, entrega la opción de determinar dicho flujo de caja en base a contabilidad simplificada de acuerdo a lo establecido en el artículo 68 de la ley de la renta o mediante contabilidad completa en cuyo caso, la determinación de sus resultados tributarios se realizará igualmente conforme a su flujo de caja, mediante los ajustes que corresponda realizar.
Al respecto es importante en primer lugar que las empresas pymes podrán determinar su base imponible tributable en base a la contabilidad completa, lo que parece del todo razonable ya que el estado de flujo de efectivo se puede determinar a partir del resultado del ejercicio, desagregando lo que no es flujo +/- las variaciones de las cuentas de activo y pasivo de un periodo a otro. Dicha metodología es la forma en que se ha determinado el flujo de efectivo a nivel financiero y que ahora es tomado por la normativa tributaria, evitando de esta manera generar registros y controles adicionales para la determinación de la base tributable.
Deberemos esperar las interpretaciones de SII al respecto, que esperemos vayan en la línea de simplificación del sistema y generar un proceso de transición expedito al nuevo sistema tributario para pyme.
COMISION TRIBUTARIA NACIONAL
COLEGIO DE CONTADORES DE CHILE
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